En febrero anterior el presidente del Congreso Nacional, Mauricio Oliva aseguró que el citado artículo ya había sido derogado, sin embargo el transcurrir del tiempo demostró que tal aseveración era una mentira.
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Diputados del Congreso Nacional derogaron, por unanimidad de votos, el polémico artículo 335-B del Código Penal que coartaba la libertad de expresión y sancionaba con penas de 4 a 8 años de reclusión a quienes hicieran apología al terrorismo, lo que fue considerado por diversos sectores como una ley mordaza a los periodistas.
Lea También: En silencio habrían eliminado ley que callaría a periodistasEl artículo rezaba: “Quien públicamente hiciera apología, enalteciendo o justificación terrorismo, o de quienes hayan participado en su ejecución o incitaren a otros a cometer terrorismo o financiamiento de éste, debe ser sancionado con pena de cuatro a ocho años de prisión”.
La aprobación viene a abolir ese mecanismo legal del actual Código Penal, una vez sea publicado en La Gaceta. En el nuevo Código, que se terminó de aprobar en enero de 2018, el artículo ya no aparecía. Sin embargo, este nuevo Código entrará en vigencia hasta principios de 2019.
La iniciativa fue introducida en su momento por el diputado Óscar Álvarez (hoy fuera del Congreso Nacional) quien lo planteó como un mecanismo para frenar abusos de medios y periodistas.
Diversos sectores y el propio Colegio de Periodistas encabezaron una lucha férrea para que el artículo fuera derogado debido al rechazo que recibió de la sociedad hondureña.
El 25 de mayo pasado, cuando en Honduras se celebraba el Día del Periodista, el presidente del Legislativo, Mauricio Oliva, se comprometió a promover su derogatoria. Acto seguido se nombró una comisión de dictamen para que hiciera las consideraciones pertinentes.
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