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Estas son las reformas constitucionales que contempla el memorándum de entendimiento para instalar la CICIH

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Luego de que el Gobierno de Honduras firmara un acuerdo de entendimiento con las Naciones Unidas para la instalación de la Comisión Internacional contra la Corrupción e Impunidad en Honduras (CICIH), la secretaría de Relaciones Exteriores publicó el contenido del memorándum el cual señala los procesos que se deberán seguir ambas partes.

Según el documento las partes reconocen que con la suscripción del presente memorándum de entendimiento inician los trabajos relativos al establecimiento de un mecanismo internacional, imparcial, independiente y autónomo contra la corrupción.

Primera Fase

Tanto el Gobierno como la ONU reconocen que se deben sentar los cimientos necesarios en Honduras para la instalación de la CICIHdemostrando voluntad política de las autoridades con el fortalecimiento de un sistema judicial independiente”.

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En ese sentido, Naciones Unidas enviará un grupo de expertos en temas penales, reformas legales, sistema financiero y jurídico hondureño por lo que la primera etapa buscará evaluar los instrumentos y capacidades nacionales existentes para la lucha contra la impunidad.

Asimismo, determinar las actuaciones, fortalezas y debilidades del Ministerio Público y el Sistema Judicial.

Identificar con el Gobierno las reformas constitucionales, legales, y administrativas necesarias, así como brindar acompañamiento para el establecimiento y funcionamiento del mecanismo internacional”, señala el escrito.

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Igualmente, detalla que “la necesidad de realizar reformas en el delito de enriquecimiento ilícito, lavado de activos, abrogación de decreto que limita funciones al Ministerio Público, modificación de regulaciones normativas de la Comisión Nacional de Banca y Seguros, aprobación de instrumentos necesarios para el establecimiento de la figura como colaboración eficaz e instrumentos necesarios para el ejercicio independiente de la acción penal pública”.

Por último, indica que el acuerdo tendrá una duración de seis meses prorrogables, “salvo que las partes alcancen un entendimiento”.

Aquí el memorándum de entendimiento:

 

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