Coronavirus Judiciales Nacionales

Hasta seis años en prisión para quienes propaguen intencionalmente el COVID-19

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Entre tres meses a seis años de reclusión podrían enfrentar todos aquellos que propaguen el nuevo coronavirus de manera intencional.

A través de las investigaciones que ejecutará la recién creada, Unidad de Control de Riesgos Sanitario y Bioseguridad (UCRSB), el Ministerio Público acusará a las personas que transmitan el virus intencionalmente y a las empresas que infrinjan las medidas de bioseguridad estipuladas para evitar la propagación.

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Estas medidas serán tomadas en base a los artículos 180 y 186 del Código Penal, normas que dan la facultad a las autoridades competentes de realizar el debido proceso judicial en contra de los que propaguen el COVID-19, antes, durante y después de la apertura de la economía.

El articulo 180 específica que:

“Será penado con reclusión de seis meses a dos años quien infrinja las medidas adoptadas por la autoridad sanitaria a fin de impedir la introducción o propagación de una epidemia, o de una epizootia susceptible a afectar a los seres humanos”.

Mientras el artículo 186, detalla que:

“Será penado con reclusión de seis meses a dos años quien infrinja las medidas adoptadas por la autoridad sanitaria a fin de impedir la introducción o propagación de una epidemia, o de una epizootia susceptible a afectar a los seres humanos”.

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Cabe señalar que esta unidad fue creada recientemente y anunciada por el ministro de seguridad, Julián Pacheco, quien explicó que, “no solamente es construir, escribir un protocolo y decir que se tiene, sino que el Estado tiene que verificar que se esté cumpliendo y verdaderamente se esté aplicando, a raíz de eso nace la inquietud de crear una unidad especial”.

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