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Salarios de funcionarios no podrán exceder ¢5.340.000

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El máximo salario que podrá recibir cuaquier trabajador del Estado será ¢5.340.000, eso si los diputados aprueban el proyecto de ley 20.580, el cual indica que el sueldo de los funcioanrios no podrá superar el equivalente a 20 salarios base por mes.

De igual forma, Núñez indicó que los miembros de juntas directivas no podrán recibir una suma mayor a los ¢2.670.000 mensuales, por concepto de dietas, incluyendo las de las distintas subsidiarias.

Estos fueron dos de los puntos que expuso esta mañana el ministro de Trabajo y Seguridad Social, Steven Núñez, ante la comisión especial de la Asamblea Legislativa que está encargada de dictaminar dicho proyecto de ley, el cual es analizado para emitir criterio sobre la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.

Núñez dijo a los diputados: “sé de la relevancia que tiene esta discusión nacional en pro del saneamiento de la situación fiscal y estamos claros en que la solución y los paliativos al déficit fiscal, son asuntos que nos conciernen a todos los que habitamos este país”.

Eso sí, el jerarca del MTSS aseguró que los cambios propuestos no afectarán a los actuales empleados públicos y son medidas que se tomarán a quienes sean contratados a futuro, pero que reducirán las erogaciones estatales.

“Las disposiciones de la presente ley no se aplicarán en perjuicio de los funcionarios que estuvieren brindando sus servicios para la administración pública a su entrada en vigencia. Esto quiere decir que ni los salarios ni otras condiciones laborales de los actuales funcionarios del Estado se verán afectados”, explicó el jerarca de Trabajo.

Núñez se refirió también al tema de la cesantía en cuanto a cuál sería el proceder del MTSS si se presentara, para homologación, una convención colectiva que ampliara la cesantía por encima de los 12 años.

El jerarca destacó que “el artículo 13 de la Ley de Jurisdicción Constitucional, establece que las resoluciones de la Sala Constitucional son vinculantes para todos, por lo tanto, el Ministerio de Trabajo y cualquier otro ente está obligado a cumplir con lo que esta disponga y en este caso se ha establecido que dicho tope no puede exceder los 12 años”.

Anualidades, dedicación exclusiva y prohibición, entre otros tópicos también fueron abordados por el titular de Trabajo y Seguridad Social en su comparecencia ante los Diputados y Diputadas que conforman la comisión.

 

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