Judiciales Titulares

Resolución a favor de ex ministro de la SERNA incomoda a COPINH

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Para el apoderado legal del Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras (COPIN), Omar Menjívar, este es un caso de “extraña justicia”, dado que el amparo tuvo lugar en menos de un año.

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El ex ministro de la Secretaría de Recursos Naturales, Darío Cardona, señalado por las organizaciones étnicas, particularmente en el caso de la hidroeléctrica, Agua Zarca, de haberle de forma inconsulta el permiso ambiental, se defenderá en libertad, según decisión judicial.

resolución exministro SERNA
Berta Cáceres en el río que defendió con su vida.

El apoderado legal del exministro Cardona indicó que esa fue la decisión del Tribunal de Sentencia. “Uno en primer lugar anular su juicio oral y público porque el expediente y el trámite del proceso se retrocede a aquel momento inicial anterior. Y dos, porque es un tribunal de garantías, revocó la prisión preventiva, porque está totalmente vencida y como no son eternas las prisiones preventivas, sino que tienen su ámbito de temporalidad”, explicó el litigante.

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Por su parte el abogado del COPINH, lamentó la negativa a poner una medida cautelar preventiva (prisión). “En el caso nuestro pedimos que se le pusiera, al menos, la presentación periódica ante el tribunal que está conociendo de la causa, que es el Juzgado de Letras; pero el tribunal lo declaró sin lugar”, lamentó Menjívar.

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Aquí es en donde el profesional de derecho encuentra cosas extrañas en la aplicación de la justicia en Honduras. “Mire la aplicación de la justicia tiene comportamientos bastante extraños y bastante impredecibles”, indicó, al momento de remarcar la resolución que fue emitida en menos de un año.

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“En cambio los amparos que yo presento, normalmente en favor de gente humilde (de escasos recursos económicos), de gente que es víctima de los abusos de las autoridades del Estado, se tardan mínimamente dos años”, lamentó Menjívar.

Tal como quedó la decisión judicial, ahora lo que sigue es que una vez que llegue el expediente de Amparo a la Corte de Apelaciones dicte la resolución correspondiente.

¿Cómo considera la administración de la justicia en este caso?

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