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Partidos pueden publicar lo que quieran mientras no sea violento o discriminatorio

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Mientras que los partidos políticos no publiquen nada que incite a la violencia o a la discriminación, pueden hacer publicidad de cualquier tipo durante las campañas electorales; así lo informó el Tribunal Supremo de Elecciones este martes, cuando publicó el fallo a favor del Frente Amplio (FA) y en contra de los canales 6 y 7.

De esta forma solo se les prohíbe a los grupos políticos usar vocabulario soez  o insultos directos a las personas, así como lo señalado por el  artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos: “Toda propaganda en favor de la guerra y toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituyan incitaciones a la violencia o cualquier otra acción ilegal similar contra cualquier persona o grupo de personas, por ningún motivo, inclusive los de raza, color, religión, idioma u origen nacional”.

En el Tribunal consideraron que el spot publicitario que FA pautó en diciembre anterior en Televisora de Costa Rica S.A. y Representaciones Televisivas Repretel S.A., no incurría en ninguno de los hechos citados, por lo que consideró que lo hecho por los canales fue censura previa.

«Los jueces electorales concluyeron que la negativa comprobada de estos medios de comunicación a difundir, sin alteraciones, un spot preparado por la agrupación política, lesionó la libertad de expresión sin censura previa de los amparados. El TSE protege así este derecho fundamental contenido en el artículo 28 de la Constitución Política, el artículo 13 de la Convención Americana de los Derechos Humanos (CADH) y el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos», se pronunció el TSE.

Entre el partido y los canales

El TSE dispuso que los medios de comunicación de radio y televisión no serán civil y solidariamente responsables de las eventuales afectaciones a terceros que causen las publicaciones, únicamente cuando estos mensajes sean publicidad partidaria pagada por la agrupación política durante la campaña electoral.

Los del Frente Amplio tienen ahora dos posibilidades: buscar un acuerdo con las televisoras o llevan hasta el Contencioso Admistrativo el caso, en busca del pago de costas, daños y perjuicios causados en su contra, por no difundir el spot publicitario íntegro, es decir, sin alteraciones; tal y como indicó el Tribunal.

«Yo creo que sí deberían de pautarlo (el primer comercial). El partido puede cobrar daños y perjuicios. Creo que es importante decir las cosas como son y creo una de la formas que tendremos para cobrar estos daños es que mínimo se nos publique lo que nosotros queremos en la comunicación política que estamos tratando en esta campaña. (…)Vamos a llevarlo a las últimas instancias, me imagino que se va a pensar en algún tipo de concilio, para poder acelerar un poco las cosas», comentó ante consulta de Once Noticias, el diputado Frank Camacho.

Por su parte, la líder frenteamplista, Patricia Mora, se limitó a expresar su alegría por la resolución del Tribunal, asegurando que se violentó la libertad de expresión del partido con la decisión de los canales televisivos.

«Nos complace como costarricenses, porque hay una institucionalidad que está funcionando. El TSE está reiterando que aquí hay unos derechos que no se va a permitir que se violenten; y como frenteamplistas (nos complace) porque el Tribunal nos está dando la razón, porque creímos que el spot debía haber sido pasado (por la televisión) y visto por la ciudadanía», expresó Mora.

Sin embargo, al ser consultada por este medio sobre si pautarán el mismo comercial y si están pensando en acuerdos con los medios de comunicación, respondió que aún no se ha comunicado con el equipo de campaña, por lo que no sabe qué medidas se tomarán.

 

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1 Comment

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  • Fabricio Alvarado es el mas grande irrespetuoso de la Constitución Política y de las leyes que rigen las campañas políticas.

    Mucho se le ha perdonado pero ds el típico caso del lider religioso carismático que obnubila la razón de sus fanáticos seguidores…lo hacen al punto de provocar suicidio y homicidios colectivos.