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Estudiantes que hacen prácticas profesionales no tienen seguro obligatorio

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Los estudiantes que realizan prácticas profesionales en diversas empresas asentadas en el territorio nacional, no son sujetos de aseguramiento obligatorio, según un nuevo instructivo que emitió recientemente,  la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

El propósito de esta nueva disposición es facilitar y ampliar la labor que realiza el servicio de Inspección de la CCSS para determinar el aseguramiento de los estudiantes que realizan prácticas profesionales y pasantías en instituciones o empresas.  El objetivo es facilitar el espacio para que realicen estas actividades curriculares.

El documento denominado “Instructivo sobre el Aseguramiento de Estudiantes de Educación Técnica que realizan Prácticas Profesionales y Pasantías”, establece un conjunto de disposiciones de aseguramiento, en relación con los estudiantes que deben cumplir con prácticas profesionales o pasantías en una institución o empresa, como parte de las actividades curriculares contempladas en la oferta de educación técnica de la institución en la que estudian.

El nuevo instructivo será de acatamiento obligatorio y constituye una valiosa herramienta en la labor de los inspectores institucionales, toda vez que contribuirá en las actividades cotidianas relacionadas con el desarrollo de esta acción curricular.

El reglamento facilita que el sector empresarial y entidades que reciben estudiantes practicantes o pasantes, puedan abrir sus puertas y aceptarlos con la seguridad jurídica que garantiza que los educandos no serán considerados por el servicio de Inspección de la CCSS como una relación laboral.

En el pasado, se presentaron algunas reacciones por parte de empresarios, quienes consideraban que la obligatoriedad de asegurar a algunos estudiantes reducía las posibilidades de brindar apoyo para prácticas y pasantías.

El nuevo documento establece que los estudiantes que realicen pasantías y prácticas profesionales no son sujeto de aseguramiento obligatorio por parte de las empresas e instituciones, en el tanto se cumplan las disposiciones que éste contiene.

Dentro de los principales aspectos del contenido, se desprende que, en todos los casos se deberá verificar que el estudiante cuente con la debida autorización por parte del centro educativo, además, constatará que tanto las instituciones educativas como los sitios donde se ejecuten las prácticas y pasantías dispongan de una ficha técnica en la que se especifiquen las actividades curriculares que efectuará el estudiante y  finalmente, los estudiantes deberán contar con una póliza que garantice la cobertura en la institución o empresa durante la vigencia de la práctica o pasantía.

El cumplimiento de estos aspectos evidencia que no está frente a una relación laboral, sino en un proceso de enseñanza-aprendizaje para complementar la formación profesional y por lo tanto, no corresponde el aseguramiento por parte de la empresa o institución.

Los estudiantes mayores de edad que no cuenten con protección familiar del seguro de salud pueden optar por un aseguramiento voluntario de estudiante. Cabe recordar que el Seguro de Salud brinda protección a los hijos menores de edad y a los mayores de edad hasta los 25 años, siempre y cuando se mantengan en el sistema educativo.

 

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