El abogado y experto en criminología, Darío Carías, profundizó en el video que captó el asesinato de Víctor Fúnez a manos de un sicario en La Ceiba.
El analista expresa que “fue una gran suerte que hubiese cámaras” que captaron la comisión del delito y que hoy facilitan la investigación de este crimen que conmociona a Honduras.
Parte del análisis del experto Darío Carías.
Lea También:
Así fueron las últimas horas de vida del COMUNICADOR ASESINADO en La Ceiba
Basado en el Código Penal, específicamente en el artículo 117 que regula el delito de asesinato y establece las circunstancias agravantes del hecho, el experto apunta estos puntos clave sobre la conducta y el modus operandi del sicario:
LO EJECUTA CON ALEVOSÍA
- La víctima se encontraba totalmente indefenso en ese momento, con la intención de entrar a su vivienda sin esperar el ataque.
- La alevosía también se produce, cuando el delincuente después de cometer el crimen se asegura que no corre ningún riesgo o una reacción defensiva de la víctima.
PRECIO O RECOMPENSA
- Se trata de un sicario, esto quiere decir que cometió el crimen por una recompensa o un precio en dinero.
HUBO PLANIFICACIÓN
- El asesino actuó con premeditación al organizar detenidamente la forma en que cometería el delito. Le dio persecución de forma imperceptible para la víctima, sin darle oportunidad de buscar un mecanismo de protección.
ACTUÓ CON SUPERIORIDAD
- El estar armado le otorga un poder superior sobre la víctima que en ese momento estaba en total desventaja por no tener cómo defenderse.
LA HORA
- El asesino buscó un lugar clave (desolado) para cometer el crimen y una hora del día donde aún está oscuro (4:29 a.m.).
MOSTRÓ DESPRECIO
- El sicario actuó a sangre fría sin mostrar ninguna sensibilidad ante el crimen. Esto es un indicador que se trata de un “criminal reincidente”, posiblemente con fichas delictivas.
La posible condena
El futuro posible del imputado es que sea acusado por los delitos de asesinato del periodista y tentativa de homicidio en contra de dos elementos policiales, a quienes hirió cuando intentaba huir al momento de su captura.
El criminólogo explica que, en nuestro país, el delito tipificado como ASESINATO se castiga con una pena mínima de veinte años y una máxima de treinta.
Lea También:
Con la cara golpeada llega a tribunales “El Pájaro”, acusado por muerte de periodista
Se declara confeso
Luego de evaluar la conducta del acusado en el momento que confiesa ser el autor material del crimen, el analista asevera que sencillamente se “trata de un criminal nato”, ya que en ningún momento expresa arrepentimiento.
Momento en que el capturado, Edwin Reniery Suazo Cruz, confiesa haber cometido el crimen.
La frialdad con la que acepta la responsabilidad del asesinato también nos indica que no es la primera vez que lo ha hecho. A estas personas, el ir una vez a la cárcel no los detiene y no es una circunstancia que los amedrenta o detiene para realizar una acción criminal”, explica.
Para finalizar el criminólogo apunta que, un individuo con esta mentalidad es muy probable que desde su niñez venga cometiendo ilícitos, producto quizás, de la desintegración del hogar donde crecen.
El también abogado recomienda a las autoridades aplicar “todo el peso de la ley” porque representa “un peligro inminente para toda la sociedad que individuos de esta naturaleza anden en la calle con toda libertad”.
¿Usted qué opina?