Economia Nacionales

Contribuyentes cuya cédula jurídica termine en 1, 2 o 3 deben emitir factura electrónica

cable color cable color

Este año, los contribuyentes de distintos sectores productivos han tenido que inscribirse en el sistema de Facturación Electrónica del Ministerio de Hacienda y, a partir del primero de setiembre, les toca el turno a aquellos cuyo último dígito del número de cédula física o jurídica finaliza con 1, 2, o 3.

El 15 de enero tuvieron que inscribirse los profesionales de la salud, el 01 de febrero los profesionales del sector contable, financiero y administrativo; el 01 marzo le tocó a los abogados, jurídicos, notarios, asesores legales; el 02 de abril fue el turno para los profesionales de la ingeniería, arquitectura e informática, mientras que en mayo tuvieron que ingresar los publicistas, periodistas, profesores y geógrafos. 

“Los contribuyentes que no hayan sido incluidos en los sectores mencionados anteriormente, deberán iniciar el uso de la factura electrónica, según el último dígito de la cédula de identidad, si es una persona física, o jurídica si es una sociedad. En octubre, les corresponde a los que terminan en 4, 5 y 6 y finalmente en noviembre los que terminan en 7, 8, 9 y 0”, indicó Dunia Zamora, Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica. 

 

Según el calendario de Hacienda, a partir de noviembre todos los profesionales y contribuyentes deben estar inscritos en el sistema de facturación electrónica. 

 

Sanciones 

La Administración Tributaria aplica sanciones económicas y administrativas para quienes incumplan con la normativa. Como consecuencia, el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, hace un llamado a empresas y profesionales liberales, para que cumplan con la Ley, tanto en beneficio de los consumidores como del suyo propio.

“Existen dos tipos de multas. La primera es por no haberse inscrito en el proceso de facturación electrónica de acuerdo a la fecha establecida para cada sector profesional, la cual sería de un 2% de los ingresos reportados en su Declaración del Impuesto Sobre la Renta del año anterior, con un mínimo equivalente a tres salarios base (₡1.278.600) y un máximo de 100 salarios base, es decir ₡43.620.000”, explicó Zamora.

 La segunda es la sanción por no hacer entrega de una factura válida a un cliente o no entregarla del todo es decir, emitir una factura física pese a que ya debe emitir una electrónica según lo establece la legislación, “si comete la falta por primera vez la multa será del equivalente a dos salarios base, no se admiten deducciones, y en caso de reincidencia se procederá con el cierre del local hasta por cinco días”, dijo la Fiscal del CCPCR.
cable color jetstereo viaje el-ahorro

¿Usted qué opina?

Clic aquí para dejar su comentario