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Nuevo Código Penal castigará a redactores y hasta propietarios de medios de comunicación por delitos contra el honor

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Periodistas, comunicadores, medios de comunicación y dueños de los mismos, estarían más expuestos a enfrentar la ley con el nuevo Código Penal que entrará en vigencia el 10 de noviembre de 2019.

Se podrá criminalizar a redactores, editores, directores y propietarios de los medios por delitos de difamación, injuria y calumnia indirecta.

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El artículo 28 de la nueva normativa menciona la responsabilidad penal de los delitos a través de medios de difusión.

En el artículo 229, referente a los delitos contra el honor, se menciona que la injuria hecha con publicidad, es decir difundidas a través de medios impresos, televisión, radio, internet y otras redes de información, será castigada con pena de multa de 200 a 500 días, mientras, las injurias sin publicidad, será de 100 a 200 días.

En el caso de las calumnias, realizadas con publicidad serán castigadas con prisión de seis meses a un año y multa de 500 a mil días, en el caso de que se comentan sin publicidad será una pena de multa de 200 a 500 días.

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La ley demanda que las penas mencionadas se aplicarán a quien publica, reproduce, repite la injuria o calumnia imputada por otro, y a quienes hagan las atribuciones a modo impersonal, con las expresiones “se dice, se asegura”, entre otras.

Cabe destacar, que las penas aumentarán en sexta o media condena, si se utiliza sitios web y redes sociales para la divulgación colectiva.

Reacción del gremio periodístico

Para el Presidente del Colegio de Periodistas de Honduras (CPH), Dagoberto Rodríguez, las disposiciones del nuevo reglamento “son graves y atentatorias a la libertad de expresión y prensa; un serio retroceso de garantías y libertades”.

En ese sentido, hace un llamado a los periodistas, medios de comunicación y sociedad, para que luchen contra las disposiciones penales, que, a su juicio, “limitan y criminalizan la libertad de expresión y de prensa”.

DATOS:

  • INJURIA. Es injuria la acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona menoscabando su fama.
  •  CALUMNIA. Es calumnia la falsa atribución de un delito hecho con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio a la verdad.
  • CONCEPTO DE PUBLICIDAD. Las injurias y calumnias se entienden hechas con publicidad cuando se efectúan a través de impresos, televisión, radio, internet, redes de información, ante una multitud de personas o a través de otros medios de eficacia semejante.
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