Judiciales Titulares

CASO IHSS: tío de Mario Zelaya podría pasar 20 años en la cárcel

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El tío de Mario Zelaya, fue acusado por el Ministerio Público por utilizar empresas fantasmas o de maletín para lavar uno 3.4 millones de lempiras.

La Unidad Nacional de Apoyo Fiscal (UNAF) solicitó este día, en Audiencia de Individualización de Pena, 20 años de reclusión en contra de Mario Antonio Rojas Rodríguez, declarado culpable del delito de Lavado de Activos en el sonado caso del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS).

El Ministerio Público pide una pena máxima, en razón que en este caso concurren varias circunstancias agravantes contenidas en el artículo 27 del Código Penal, las cuales se dieron a conocer a la 1:30 de la tarde, hora en que las partes han sido convocadas por parte de la Sala II del Tribunal de Sentencia con Jurisdicción Nacional.

tío de Mario Zelaya

Contra el ahora condenado, quien es tío de Mario Roberto Zelaya Rojas y Michelle Alejandra Rojas Flores, ambos sentenciados por el desfalco del IHSS.

El Ministerio Público presentó cargos por utilizar las empresas fantasmas o de maletín DIPROMEH, IMPROME, COPROMED y SUMIMED para lavar más de 3.4 millones de lempiras, a través del cobro de 46 cheques, todos emitidos a su nombre.

En el Juicio Oral y Público, tales extremos fueron acreditados mediante prueba documental, evidencial y pericial  en un caso cuya acusación a Mario Rojas data del 1 de abril de 2016, siendo ese mismo día capturado por la Agencia Técnica de Investigación Criminal (ATIC).

Como medios probatorios la UNAF puso a la vista cada uno de los cheques que incriminan al imputado.

Así como evacuó dictámenes de auditoría forense, informes de vinculación y otra documentación clave, dejando evidenciado una vez más la manera en que operó todo una estructura criminal a lo interno del IHSS, utilizando para ello la estratificación de recursos a terceras personas, como es el caso de Mario Rojas, quien hasta el día de su aprehensión se desempeñaba como Presidente de la Federación de Béisbol de Honduras.

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Finalmente, el Código Penal, en su Título IV establece las circunstancias que modifican la responsabilidad penal y en el capítulo II describe aquellas situaciones por las que el Ministerio Público puede peticionar penas agravadas.

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