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77.000 familias reciben pensión de parientes muertos

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Cotizar para el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) que administra la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) aseguró la protección económica de 77.104 familiares de cotizantes fallecidos a junio de 2018.

Por este concepto,  la institución desembolsa cerca de 10 mil millones de colones aproximadamente cada mes, informó Adolfo Arias Coleman, del área de Gestión de Pensiones IVM.

Basta con que el afiliado fallecido haya aportado un mínimo de doce cuotas en los dos últimos años anteriores al deceso o bien que tenga 180 cuotas sin límite de tiempo para que la familia goce de una pensión.

El grupo mayoritario es por viudez, engrosado por las mujeres (52.427) respecto a un número menor de hombres (2.188); le sigue el conglomerado por orfandad (18 731 personas) y luego 3 750 beneficiarios por concepto de padres y  hermanos de la persona fallecida, según datos del Boletín de Indicadores Relevantes del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte a diciembre 2017, elaborado por la Dirección Actuarial y Económica de la institución.

Durante el primer semestre de 2018, se aprobaron 2 558 nuevos casos por el riesgo de muerte, informó el área Gestión Pensiones IVM.

El cálculo de la pensión se hace igual al de la vejez y se distribuye a los familiares que califican de acuerdo con los porcentajes establecidos.  La prioridad en la asignación la tienen la viuda y los huérfanos.

El funcionario explicó que la distribución porcentual es: 50% para la viuda menor de cincuenta años; de 50 a 59 años el 60% y si tiene más de 60 años le corresponde el 70%. A los huérfanos le corresponde 30% a cada uno.  El porcentaje total no sobrepasa el 100%.

El seguro de IVM distribuye la pensión que le hubiera tocado al fallecido entre la esposa o compañera e hijos. En ausencia de alguno de estos, si se logra constatar que había dependencia económica, se protege también a los padres del fallecido. En ausencia de dichos  beneficiarios se protege a los hermanos dependientes.

En este caso, los padres dependientes reciben un 20% y los hermanos dependientes otro porcentaje igual.

Cuando el fallecido no ha cotizado lo suficiente para generar el beneficio de la pensión, se otorga una indemnización equivalente al salario promedio de los últimos 12 meses multiplicado por el número de cotizaciones.

Cabe destacar que el régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la CCSS  asegura protección en los momentos en que más lo necesitan el trabajador y su familia, comentó Arias Coleman.

 

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